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que hablase y respondiese á lo que le preguntaban, levantaba siempre el corazon á Dios, y lo comunicaba y trataba primero con él, conforme al consejo que habemos dicho; y dice, que fue por esto tan ayudado de Dios, que cuando se quiso morir, dijo no se acordaba haber hablado palabra que le pesase haberla dicho. Surio cuenta de santa Maria de Oña virgen, que una vez guardó perpetuo silencio, desde la fiesta de la Cruz de setiembre hasta Pascua de Navidad, de tal manera que en todo este tiempo no habló ni una palabra: lo cual dice que fue tan agradable á Dios, que le fue revelado, que con esta obra y mortificacion de la lengua, principalmente, habia alcanzado no pasar por purgatorio cuando muriese.

CAPITULO IX.

Del vicio de la murmuracion.

za: y aunque esteriormente se rien,
y parece que gustan, allá interior-
mente les parece muy mal, y se
guardan de ellos; porque temen,
y con razon, que lo que hacen
con otros delante de ellos, haran
despues con ellos delante de otros.
Esto bastaba para aborrecer y huír
Esto bastaba
mucho este vicio; porque, ¿qué ma-
yor mal puede ser, que ser aborre-
cidos de Dios y de los hombres?
Pero dejado esto á parte, ahora sola.
mente querria declarar brevemente
la gravedad y malicia de este vi-
cio, y cuan facilmente puede uno
llegar en esto á pecar mortalmente,
para que procuremos estar muy le-
jos de ponernos en gran peligro. Su
gravedad y malicia consiste en que
escurece, y quita la fama y buena
opinion y estima del prójimo, la
cual es de mayor precio y valor,
que la hacienda y riquezas tempo-
rales, conforme á aquello del Sa-
bio: Melius est nomen bonum, quam
divitiæ multæ. Eccl. c. 22, v. 1.

Nolite detrahere alterutrum fra- Et curam habe de bono nomine: hoc

tres: Jac. c. 4, v. 11. Hermanos mios, dice el Apóstol Santiago, no murmureis unos de otros. Los que murmuran, dice el Apóstol S. Pablo, ad Rom. 1, v. 30, que son aborrecidos de Dios: Detractores Deo odibiles. Y el Sabio dice, Prov. C. 24. v. 9, que son tambien aborrecidos de los hombres: Abominatio hominum detractor, et (Eccles. C. 5, v. 17) susurratori odium, et inimicitia, et contumelia. Abominan los hombres de los murmuradores, y tienenles grande aversion y ojeri

enim magis permanebit tibi, quam mille thesauri pretiosi, et magni. Eccl. c. 41, v. 15. Y asi dicen los Doctores, que es mayor y mas grave este pecado de la murmuracion, que el pecado del hurto, cuanto es de mas precio y estima la fama y buena opinion, que la hacienda. Y descendiendo mas en particular á tratar cuando llegará la murmuracion á pecado mortal, y cuando será solamente venial; dicen lo que suelen decir comunmente en todos los demas pe

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cados, que de su genero son mortales. Asi como el hurto es de suyo pecado mortal; pero por razon de la poquedad de la materia puede ser venial, como hurtar una manzana, ó un cuarto; asi tambien el murmurar, de su genero es pecado mortal, mas tan liviana cosa puede ser la que uno dice de otro, que sea solamente venial.

Empero advierten en esto una cosa que hace mucho al caso, para que se entienda el peligro que hay en esto, y el recato que es menester tener aun en las cosas que parecen pequeñas; y es, que muchas veces no son pequeñas ni livianas las que á algunos les parecen tales. Dicen tambien los Teologos, que aunque decir de alguno un pecado venial, como fulano dijo una mentira, en los seglares no sería pecado mortal, porque es cosa liviana, y que no les quita á ellos la fama; pero decir de un Religioso un pecado venial, y aun una imperfeccion, podrá ser pecado mortal; porque mas deshonra é infamia puede ser eso en un Religioso, que un pecado mortal en un seglar. Claro está que si dijese yo de un Religioso, que es mentiroso, que perdería mas opinion y estima delante de vos el tal Religioso, que allá en el mundo pierde un seglar de vida poco concertada, porque digan de él, que no ayuna toda la cuaresma, ó que sale de noche. Y asi es menester advertir, que este negocio de pecar mortalmente en murmurar y decir mal de otro, no se ha de

medir, por ser pecado mortal, ó no, lo que se dice de él, sino por la estima y reputacion que se le quita. Siempre habemos de ir en este fundamento, y tenerle por primer principio en esta materia. Porque claro está, que ser uno de casta de moros, ó judios, no es pecado ninguno, y con todo eso infamar á uno de esto, lo dan los Doctores por pecado mortal. Pues de la misina manera, si yo digo de un Religioso, que es liviano, que tiene poco juicio, (que es ejemplo espreso que ponen los mismos Doctores) mas opinion y estima pierde aquel Religioso con aquello, que un seglar porque digan de él algun pecado mortal. Y asi hay mas peligro en esto de lo que parece. Tengo yo al otro por buen Religioso, asentado y cuerdo. Decís vos: Fulano es asi, asi, volviendo la mano, y dando á entender que tiene poco asiento: mucho le deshicisteis con eso, mucho cayó de la opinion en que antes se tenia. Viene el otro de fuera, y si allá hubo alguna cosa de desedificación, esa es la primera que cuenta, comienza a calificar al uno de altivo, al otro de porfiado y cabezudo, al otro de inquieto y bullidor. Esas cosas no son livianas, sino tales, que desdoran mucho á un Religioso: sino vealo cada uno por sí. Si otro dijese estas cosas de vos, y fuese causa que os tuviesen en esa posesion, mirad como lo sentiriais. Pues esa es la regla de la caridad que habemos de guardar con nuestros hermanos:

baste

especialmente que tratamos de perfeccion, y habemos de estar muy léjos de ponernos en esas dudas y peligros. Si por lo que yo dije, perdió mi hermano notablemente de la estima y buena opinion que el otro tenia de él, y si llegó á pecado mortal, ó no, como decimos en el voto de la pobreza, ¿téngome yo de poner en duda, si lo que recibí ó dí sin licencia, llegó á cantidad que para ser pecado mortal? Muchas veces no podemos determinar de cierto, si llegó á eso, ó no. Pero harto trabajo es ponerse uno en ese peligro: por todo cuanto hay en el mundo no se ha de poner uno en esa duda: es menester que andemos con mucho cuidado y recato en las cosas pequeñas, porque sino muy presto nos hallarémos llenos de escrupulos y remordimientos, y de dudas de pecado grave. Y en

esto del murmurar es aun mas necesario ese cuidado, porque es muy grande la inclinacion que tenemos á esto, y la facilidad y ligereza de la lengua es tambien muy grande. Esta diferencia hay de los que tratan de perfeccion, á los que no tratan de ella; que los que tan de perfeccion, hacen mas caso de faltas pequeñas, que los otros de grandes y esa es una de las cosas en que se echa mucho de ver si uno trata de veras de su aprovechamiento, ó no.

tra

De nuestro bienaventurado Padre S. Ignacio leemos, lib. 5, c. 6 de su vida, que de las faltas de los

de casa tuvo siempre un estraño silencio; porque si alguno hacia alguna cosa, no de tanta edificacion, no la descubria á nadie, sino á quien le hubiese de remediar, y entonces con tan gran miramiento y recato, y con tanto respeto al buen nombre del que habia faltado, que si para su remedio bastaba que lo supiese uno solo, no lo decia á dos. De aqui habemos de aprender nosotros, como habemos de hablar de nuestros hermanos. Si nuestro santo Padre con ser superior, y poder decir y reprender las faltas de los de casa delante de todos en castigo de ellas, andaba con este recato, y esto aun en faltas pequeñas y menudas, ¿cuánta mayor razon será que nosotros lo andemos?

S. Buenaventura (a) pone esta regla para hablar de los ausentes: Erubescant dicere de absenti, quod cum charitate non possunt dicere coram ipso. Asi habeis de hablar del ausente, como si él estuviera presente, y lo que no os atrevierais á decir de él, si estuviera presente y lo oyera, no lo habeis de decir en su ausencia: entiendan todos que tienen seguras las espaldas en vos. Esta es una regla muy buena, y que abraza asi las cosas graves, como las que parecen livianas, que son las que muchas veces nos suelen engañar: porque algunas veces no son tan livianas como entonces nos

parecen, como queda dicho, y asi

no nos habemos de escusar con

(a) Bonav. Spec. discipl. part. 3, c. 3 de informat. novit. part. 1. c. 23.

esto, ni con decir que no hacen los otros caso de aquellas cosas, ni con decir que son públicas; porque la perfeccion que profesamos no admite estas escusas: asi nos lo enseña nuestro santo Padre, (b) el cual nunca hablaba en su conversacion de los vicios agenos, aunque fuesen públicos, y se dijesen por las plazas, y queria que los nuestros hiciesen lo mismo. Sean todos de nuestra boca buenos, virtuosos y honrados, y tenga todo el mundo entendido, que por nuestro dicho nadie ha de perder, ni ser tenido

en menos.

Si acaso supisteis ú oisteis alguna falta de vuestro hermano, guardad aquello que dice el Sabio: Audisti verbum adversus proximum tuum? Commoriatur in te, fidens quoniam non te dirumpet. Eccles. c. 19, v. 10. ¿Habeis oido ó sabido alguna falta en vuestro hermano? Muérase en vos, sepultadla allá dentro, acabese aí, y no salga fuera, que no rebentaréis por eso. Alude el Espíritu Santo á los que habiendo tomado ponzoña y veneno, estan con grandes ansias y bascas hasta echarlo, y no hacen sino tomar remedios y aceites para ello, pareciéndoles que rebentarán sino lo echan. Y trae alli el Sabio otras dos comparaciones para declarar esto mismo: A facie verbi parturit fatuus, tanquam gemitus partus infantis. Sagitta infixa femori carnis, sic verbum in corde stulti. Vers. 11 & 12. Asi como la muger que està

(b) Lib. 5, c. 6 vit. N. P. S. Ignat.

de parto, está con grandes ansias y congojas, hasta echar la criatura; y asi como cuando enclavan una saeta ó garrocha en la parte carnuda de un toro, no para ni sosiega el toro hasta echarla de sí; asi el necio, no para ni sosiega hasta decir la falta que sabe de su prójimo. Pues no seamos nosotros de estos, sino de los cuerdos y sabios, que tienen vaso y corazon ancho para encerrar y sepultar esas cosas, y que mueran y se acaben alli.

Nuestro Padre General Claudio Aquaviva en las industrias que escribió, ad curandos animæ morbos, hace un capítulo muy sustancial de la murmuracion, que es el diez y siete, y da alli un consejo, que cuando aconteciere haberse uno desmandado algo en esto, no se acueste sin confesarse primero de ello. Lo uno, porque si por ventura llegó á cosa grave, que es fácil, no es razon acostarse con eso siempre nos habemos de echar á dormir, como quien se echa á morir. Y lo segundo, aunque no llegase á tanto, servirá eso de remedio y medicina preservativa para no caer otra vez en ello. Y no solo para este particular, sino para otras cosas semejantes, que traen consigo algunas dudas ó remordimientos, será muy provechoso este consejo, y mas por ser de nuestro Padre.

CAPÍTULO X.

Que no habemos de dar oidos á murmuraciones.

El bienaventurado S. Bernardo

(a) dice: Non solum nihil ipsi indecorum loqui, sed neque aurem quidem debemus hujusmodi præbere dictis, quia quem delectat audire, alterum loqui provocat, audire quoque quod turpe sit pudori maximo est: No solamente nos habemos de guardar de hablar lo que no conviene, sino tambien de dar oidos á ello; porque el que gusta de oir, provoca al otroá hablar, y tambien porque es cosa vergonzosa y torpe oir cosas malas y torpes. El glorioso S. Basilio (in reg. brev. 16.) tratando del castigo que se ha de dar al que inurmura, y al que oye la murmuracion, dice, que al uno y al otró han de apartar de la comunidad. Igual castigo les da; porque si el uno no oyese de buena gana, tampoco el otro gustaria de nurmurar: Nemo invito auditore libenter loquitur.

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Los Teólogos en la materia de detraccion tratan esta cuestion: si que oye al que murmura, y resiste, peca mortalmente? Y ponen algunos casos en que dicen que sí, como cuando fuese causa que el otro dijese mal de su prójimo, moviéndole á ello, ó preguntándole de aquello, ó cuando por no estar bien con el otro, se holgase que murmurasen de él,

ó cuando ve que aquella murmuracion es en daño notable del prójimo, y puede estorbarla; porque entonces la caridad obliga, que en aquella necesidad ayude á su prójimo. Asi como no solo hace

mal el que pega fuego á una casa,

sino tambien el que se está calentando á la llama que otro enciende, estando obligado á acudir con agua para apagarla: asi tambien no solo peca el que murmura, sino tambien el que puede y debe estorbar la murmuracion, y no lo hace, antes por ventura con el aplauso y buen rostro que muestra al otro, le da ocasion para que lleve adelante la plática. Otras veces dicen, que será solamente pecado venial no resistir, coino cuando por alguna vergüenza, por ser personas de autoridad las que tratan de aquello, no se atreve uno á decirles nada, ni entremeterse en eso. Y advierten aqui una cosa que nos toca mucho á los Religiosos, y es, que cuando el que oye la murmuracion es persona que tiene autoridad cerca de aquellos que estan hablando, este tal tiene mas obligacion á resistir y volver por la honra del prójimo, y tanto nas, cuanto mas autoridad tuviere. Eso es lo que dicen los Teólogos.

De aqui podemos colegir como nos habemos de haber cuando nos hallamos en semejantes conversaciones, y el peligro que puede haber en disimular y callar, y pasar con ellas por nuestra inmortificacion

(a) Bernard. de Ordin. vit. et mor. instit.

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