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var un decreto de la sagrada Congregacion de Ritos, en que se manda que en todo y por todo se guarden las rúbricas del misal Romano, sin que valga contra esto pretexto alguno ó costumbre contraria, la qual califica de abuso.

Pero sobre todos Benedicto XIII en el Concilio Romano que se celebró el año 1725 declara no poderse faltar sin pecado á las rúbricas del misal, cuyas palabras gravísimas y llenas de zelo quiero copiar aquí traducidas á nuestra lengua. Como sea verdad, dice, que las cosas invisibles de Dios se alcancen á entender por las cosas visibles de la Religion, y por aquellas señales de la piedad que llamamos ceremonias; á este fin aplicamos el zelo de nuestro oficio pastoral, y queremos y mandamos que todos lo hagan así,

1 Demum renovando decreta aliàs facta, mandat sacra Congregatio in omnibus & per omnia servari rubricas missalis Romani, non obstante quocumque prætextu & contrariâ consuetudine, quam abusum esse declarat.

Et facta relatione ho

rum decretorum S. D. N. Urbano VIII. Sanctitas sua annuit, & ab omnibus ubique servari, & in missali Romano noviter imprimendo apponi manda vit. Registr. decretor. sacra Rituum Congreg. Habetur initio missalis Romani Urbani VIII auctoritate recogniti.

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esto es, que en la administracion de los Sacramentos, en la celebracion de las Misas y de los divinos oficios se guarden con particular diligencia y cuidado, no los ritos arbitrariamente inventados ó sin razon introducidos, sino los que tiene recibidos y aprobados la Iglesia Católica; los quales aun en las cosas mas pequeñas no se pueden menospreciar, omitir, ó mudar sin pecado. Por tanto mandamos estrechamente á los Obispos, que todas las cosas que hallaren haberse introducido en las Iglesias seculares ó regulares, contrarias á lo que se manda en el Pontifical Romaпо ó en el ceremonial de Obispos, ó en las rúbricas del misal, del breviario y del ritual (á excepcion de aquellas Iglesias que usan de ritual, ó misal, ó breviario propio, aprobado por la Santa Sede), las prohiban y procuren arrancar de todo punto, como abusos que son detestables, ó corruptelas: no obstante qualquiera apelacion que se interponga, b costumbre inmemorial que se alegue; pues no se ha de atender á lo que se hace, sino a lo que se debe hacer.

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¿Qué diré de los Concilios? El de Trento no solo declara que hay pecado en el quebrantamiento de las ceremonias y ritos aprobados por la Iglesia, sino que

excomulga al que dixere que es lícito despreciarlos ú omitirlos al arbitrio de los Ministros, ó introducir otros nuevos por qualquier Pastor de la Iglesia sin pecado 1.

El de Cambray, celebrado el año 1565, manda esta misma observancia. Todas las ceremonias, dice, como señales que son de la piedad y de la Religion Christiana, las quales como de mano en mano hemos recibido ó de los Apóstoles, 6 por tradicion de la Iglesia Católica, así como santa y piadosamente han sido introducidas, así sean religiosamente conservadas en las Iglesiasa

El 10 de Milan celebrado en el mismo año dice: Mandamos que los Sacerdotes en la celebracion de la Misa obser

1 Si quis dixerit receptos & approbatos Ecclesia Catholicæ ritus, in solemni Sacramentorum administratione adhiberi consuetos, aut contemni, aut sine peccato à Ministris pro libitu omitti, aut in novos alios per quemcumque EcclesiaTum Pastorem mutari posse, anathema sit. Conc. Trident. Sess. VII. de Sacram. in

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genere can. XIII.

2 Cæremoniæ omnes, qua signacula sunt pietatis, & Religionis Christianæ, quasque vel ab Apostolis, vel ab Ecclesia Catholicæ traditione quasi per manus accepimus, ut sanctè & piè sunt inventa, sic religiosè conserventur in Ecclesiis. Concil. Cameracense, ann. 1565, tit. 6. cap. 6.

Ven al pie de la letra las ceremoni as que ha establecido la Santa Romana Iglesia

El de Bourges, celebrado en 1584; dice: En la celebración de la Misa guardense exacta y religiosamente todos los ritos y ceremonias que en el misal se pres

criben 2.

El de Narbona, que se celebró á prin cipios del siglo XVII, dice que en la Misa nada se añada ó se quite, ni se apliquen en ella mas ceremonias fuera de las que expresamente se notan en el misal Romano 3.

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Y para que se vea mas clara la inobediencia de los abreviadores de la Misa á estas leyes eclesiásticas, pondré un exemplo. El Sacerdote, dice la Iglesia, debe poner mucho cuidado en prominciar

1 Præcipimus autem ut Sacerdotes in Missæ celebratione cæremonias à S. Romanâ Ecclesiâ institutas ad unguem servent. Conc. Mediol. I. celebr. ann. 1565. Constit. part. II.§. 5.

2 In celebratione Mis sæ omnes ritus, & cæremonia, quæ in missalibus præscribuntur, exac

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tè & religiosè observentur. Concil. Bituricense ann. 1584, tit. de Misså, can. XV.

3 Nihil addendo, vel diminuendo, nec ullás adhibendo cæremonias, præter eas quæ in missali Romano expressè notantur. Concil. Narbonense aimo 1609 de Missa sacrif. cap. XIX.

con distincion y claridad las palabras que se han de decir en clara voz; no muy de prisa, para que pueda poner atencion· á lo que lee... sino con voz mediana y grave, que mueva á devocion, y de tal manera acomodada á los oyentes, que entiendan lo que se lee. Esto manda la Iglesia. En cuyas palabras hay dos preceptos: el uno es que se lea la Misa de manera que pueda atender el Sacerdote á lo que lee, y dar lugar en sí y en los oyentes á la devocion que aquellas palabras inspiran. El otro es que se guarde pausa y gravedad en la pronunciacion, como medio necesario para lograr aquel fin. Los abreviadores con el tropel de su pronunciacion pecan por de contado contra la pausa que aquí se les manda; y mas gravemente aun contra el fin y espíritu de este precepto, que es la atencion y devocion necesarias en el altar, las quales desbarata la prisa. Porque así como la pausa y circunspeccion del Sa

Sacerdos autem maximè curare debet, ut quæ clarâ voce dicenda sunt, distinctè & appo sitè proferat, non admodum festinanter, ut advertere possit quæ legit..

sed mediocri & gravi (voce) quæ devotionem moveat, & audientibus ita sit accommodata, ut quæ leguntur intelligant. Rubric. Missal. cap. XVI.

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